Es importante conocer la cuota que uno puede llegar a pagar en el Plan Rombo.
Cabe destacar que el Precio oficial de venta al público del automotor en el Plan Rombo de Renault, en condiciones de marcha, al contado, determinado por el fabricante y por el Representante del Fabricante Exportador respectivo (RENAULT ARGENTINA S.A.), incluye los adicionales no opcionales y opcionales que establezca PLAN ROMBO para cada Grupo.
Al precio sugerido de venta al público, resultante de las listas de precio que emite Renault Argentina S.A., se le aplicarán las bonificaciones o descuentos que se hallaren vigentes para su red de Comercialización, de acuerdo a cada fecha y con relación a cada modelo en particular.
VALOR BÁSICO – Precio de lista al público del Automotor Tipo, vigente al momento en que se constituye el grupo.
CUOTA PURA – Importe resultante de dividir el Valor Básico reajustable vigente a la fecha de pago, por la cantidad de meses de duración del plan pactados al momento de la suscripción.
CUOTA MENSUAL:
a) Cuota Pura
b) Importe de la Cuota mensual del seguro de Vida Colectivo, si correspondiere
c) Cuota Pura de gastos de Entrega en el supuesto que se incluyeran en la cuota
DERECHO DE SUSCRIPCIÓN
3% del valor del Automotor Tipo, a ser abonado a PLAN ROMBO por el Suscriptor en el momento de firmar la Solicitud de Suscripción.
CARGA ADMINISTRATIVA
Importe a cobrar mensualmente por PLAN ROMBO, resultante de aplicar sobre el valor Básico reajustable, el porcentaje establecido por cada plan.
DERECHO DE ADJUDICACIÓN
1,5% del valor total del Automotor Tipo, vigente a la fecha de la Adjudicación, a ser abonado a PLAN ROMBO por el Adjudicatario como requisito previo para entrar en posesión del automotor adjudicado.
Liquidación del grupo
e) Los excedentes que puedan verificarse en el Grupo, una vez ingresados, serán puestos a disposición de los Adjudicatarios, es decir de todos aquellos Suscriptores cuyos contratos hubieren resultado Adjudicados y hubieren aceptado la recepción del automotor. La distribución de los excedentes se hará en partes iguales entre todos los Adjudicatarios. En el caso de los Suscriptores Adjudicatarios morosos al momento de efectuarse la distribución de los fondos de multa o cualquier otro excedente, los mismos se aplicarán a compensar hasta su concurrencia la deuda que tuvieren.
En cualquier caso que correspondiere distribuir fondos al Suscriptor, ellos serán puestos a su disposición en el domicilio de PLAN ROMBO, lo que será notificado por medio fehaciente al último domicilio denunciado por el Suscriptor. Si PLAN ROMBO omitiere dicha notificación deberá adicionar a esos fondos, intereses desde la fecha en que debieron ponerse a disposición los mismos y la fecha de efectivo pago, conforme a tasa de interés activa no capitalizable del Banco de la Nación Argentina, vigente en dicho momento.
En caso de tenerse que efectuar reintegros parciales en función de lo recaudado y expuesto precedentemente, los mismos se llevarán a cabo cuatrimestralmente.
Haberes netos del suscriptor
Los haberes netos que estuvieren disponibles en el grupo y que no fuesen liquidados y puestos a disposición del Suscriptor en los plazos establecidos en estas condiciones generales, devengarán a favor del Suscriptor un importe equivalente a los intereses calculados de acuerdo a la tasa activa no capitalizable del Banco de la Nación Argentina, vigente al momento de su determinación, sobre el valor de la suma a reintegrarse, desde el vencimiento del plazo establecido para la devolución y hasta su efectivo pago.
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